La gran mayoría de las empresas no utiliza instrumentos jurídicos que tengan el valor de cosa juzgada o transacción extrajudicial respecto a todas las materias en el documento del finiquito.

Dicho de forma sencilla, conforme a nuestro conocimiento y experiencia, el trabajador puede no obstante haber firmado un finiquito demandar y los tribunales otorgarán las solicitudes de determinadas indemnizaciones si el trabajador no ha renunciado expresamente a estas acciones.

Esta es una de las innovaciones de la dinámica práctica del derecho del trabajo, y que afecta en el 100% de los casos a las empresas, todo ello en virtud del criterio judicial reciente.

En nuestro estudio jurídico estamos a la vanguardia en el conocimiento de los cambios de criterios, y actualizados al día a fin de que el empleador proteja su patrimonio.

En nuestro estudio jurídico contamos con finiquitos de acuerdo a cada realidad de la empresa, con renuncia de acciones para que así el finiquito tenga el efecto liberador para el empleador, y luego no pueda demandar

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